Objeto

Paliar las consecuencias económicas del descenso en la demanda de determinados productos de carne de ovino y caprino, motivado por la pandemia del COVID-19, y la paralización de los sectores productivos, fruto de la declaración del estado de alarma y que ha tenido como consecuencia un descenso en la demanda de determinados productos de carne de ovino y caprino, mediante la concesión de una ayuda para el almacenamiento privado de carne de ovino y caprino.

Beneficiarios:

 

Todos aquellos agentes económicos que presenten solicitudes, en el tiempo y la forma establecidos ante la autoridad competente. Dichos agentes económicos, según lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 2 del Reglamento Delegado (UE) 2016/1238, deberán estar establecidos y registrados a efectos del IVA en la Unión Europea.

 

Requisitos previos:

 

Requisitos de la carne:
El inmueble donde se vaya a realizar el almacenamiento debe de radicar en la Comunidad Autónoma Canaria.
El producto ha de ser carne de ovino y de caprino, fresca o refrigerada, de menos de doce meses de edad en el momento del sacrificio.
Dicho producto ha de pertenecer a una de las categorías establecidas en el Anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/595.
Los productos por los que se solicita la ayuda deberán cumplir los requisitos establecidos en el Reglamento (UE) nº 1308/2013, también deberán cumplir los requisitos de calidad establecidos en la sección III del Anexo VI del Reglamento Delegado 2016/1238.

 

Requisitos del solicitante:

 

Los agentes económicos, según lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 2 del Reglamento Delegado (UE) 2016/1238, deberán estar establecidos y registrados a efectos del IVA en la Unión Europea.

 

Cuantía

 

Los importes de ayuda para el almacenamiento son los siguientes:

866 €/tonelada para el periodo de almacenamiento de 90 días.
890 €/tonelada para el periodo de almacenamiento de 120 días
915 €/tonelada para el periodo de almacenamiento de 150 días.

 

Criterios de valoración y baremación:

 

Una vez registradas las solicitudes de ayuda se procederá a realizar un control administrativo completo y sistemático de cada una de ellas, comprobando el cumplimiento de todos los requisitos en la documentación presentada, así como el cumplimiento de los criterios de admisibilidad del agente económico y de los productos por los que se solicita ayuda. Se comprobará que ha sido presentada, según el modelo y plazo requeridos, que se ha cumplimentado íntegramente y que se ha firmado.

 

Forma de Abono:

 

Para el pago de la ayuda el interesado deberá presentar una solicitud de pago, ante el Organismo Pagador, a más tardar, en un plazo de tres meses calculados a partir del último día del almacenamiento contractual, La ayuda indicada en la solicitud de pago no será en ningún caso superior a la correspondiente a la cantidad almacenada que figura en el contrato de almacenamiento. El pago de la ayuda será efectuado por los Organismos Pagadores en los 120 días siguientes a la fecha de presentación de la solicitud de pago. Siempre que se hayan cumplido las obligaciones contractuales y se haya efectuado el control al término del periodo de almacenamiento contractual. En el caso de haber observado irregularidades en el período de almacenamiento o a la salida de la mercancía, el pago no se realizará hasta que se haya reconocido el derecho a la ayuda.

 

Medios de presentación

 

Electrónico (por internet):

Solicitud
– Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
– Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Administración Tributaria Estatal
– Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias de la Comunidad Autónoma de Canarias
– Documento de constitución de garantía
– Contrato de almacenamiento
– En el supuesto de imposibilidad de presentación de certificados de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social:
Declaración responsable indicando tales circunstancias.
– En el supuesto de actuar mediante representación:
Documentación que acredite la representación

La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Presencial:

Solicitud
– Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
– Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Administración Tributaria Estatal
– Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias de la Comunidad Autónoma de Canarias
– Documento de constitución de garantía
– Contrato de almacenamiento
-En el supuesto de imposibilidad de presentación de certificados de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social:
Declaración responsable indicando tales circunstancias.
-En el supuesto de actuar mediante representación:
Documentación que acredite la representación

Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Plazo de presentación:

El plazo de presentación de solicitudes comienza el 07.05.2020 y se presentará cumplimentada en todos sus apartados, conforme al modelo de solicitud disponible para la presentación en forma presencial como telemática.

Información:

https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/tramites/6432

Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):
6432
Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):
2306497